El imputado admitió su responsabilidad penal y aceptó la pena en un juicio abreviado, en el marco de una investigación llevada adelante por la fiscal Georgina Díaz.
Un hombre de 39 años, identificado como Hugo Alberto Sandoval, fue condenado a 12 años de prisión por abusar sexualmente de su hija menor de edad, en hechos ocurridos entre 2021 y 2023 en las ciudades de Reconquista y Avellaneda, departamento General Obligado. La víctima no comparte el apellido con el condenado.
La sentencia fue dictada por la jueza Norma Senn, en el marco de un juicio abreviado desarrollado en los tribunales de Reconquista. La investigación estuvo a cargo de la fiscal Georgina Díaz, quien representó al Ministerio Público de la Acusación (MPA).
Los hechos
La fiscal Díaz indicó que Sandoval abusó sexualmente de la víctima en reiteradas oportunidades, cuando la niña se encontraba cursando la escuela primaria.
Los hechos ocurrieron en una vivienda, un hotel y una zona de pastizales, todos ubicados en el norte provincial. Según se expuso en el proceso, el condenado ejercía violencia y amenazas para evitar que la menor hablara sobre lo sucedido, incluyendo advertencias de provocar daños a la madre de la niña.
La funcionaria judicial sostuvo que los abusos alteraron el normal desarrollo sexual de la víctima.
Detención tras permanecer prófugo
Luego de la denuncia, Sandoval permaneció prófugo durante aproximadamente diez meses, con pedido de detención vigente. Durante ese período, se comprobó que mantenía contacto telefónico con la madre de la víctima, lo que permitió avanzar en su localización.
A partir de tareas de análisis de comunicaciones y redes sociales, y con la colaboración del equipo de apoyo de investigaciones priorizadas de la Fiscalía Regional 4, se logró ubicar al imputado en la ciudad de Salto, provincia de Buenos Aires.
Con intervención de fuerzas de seguridad bonaerenses, el hombre fue detenido y trasladado a la jurisdicción santafesina, mediante un exhorto al Juzgado de Garantías N°1 de Mercedes.
Calificación legal
Sandoval fue condenado como autor de abuso sexual con acceso carnal y abuso sexual gravemente ultrajante, ambos calificados por el vínculo, al haber sido cometidos por un ascendiente o encargado de la guarda, contra una persona menor de 18 años y aprovechándose de la convivencia.
Además, se le impuso pena por promoción a la corrupción de menores agravada, al haber sido cometida contra una persona menor de 13 años, mediando violencia y amenazas, y también agravada por el vínculo.
El condenado admitió su responsabilidad penal, aceptó la pena impuesta y la decisión de abreviar los procedimientos del juicio, junto con su abogado defensor.