El máximo tribunal rechazó un recurso de la fiscalía y ratificó que el empresario quedó desligado en una causa por retención indebida de aportes previsionales.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó un recurso presentado por la fiscalía y dejó firme el sobreseimiento del empresario Lázaro Báez en una causa vinculada con la retención indebida de aportes al sistema de seguridad social de sus empresas.
El fallo se dio tras declarar “inadmisible” el planteo del Ministerio Público Fiscal, que cuestionaba la aplicación de la figura de “excusa absolutoria”, un mecanismo que extingue la acción penal cuando se regulariza la deuda tributaria de manera voluntaria y total.
La aplicación de la “excusa absolutoria”
El caso se originó el 12 de marzo de 2020, cuando el Juzgado Nacional en lo Penal Económico N°1 sobreseyó a Báez aplicando el artículo 16 de la Ley 24.769, que permite el sobreseimiento si el contribuyente cancela la deuda evadida de forma espontánea, total e incondicional.
La medida benefició a Báez por omisiones en los aportes previsionales retenidos en firmas de su grupo económico, entre ellas Valle Mitre S.A., Austral Agro S.A., Loscalzo y Del Curto S.R.L., Sucesión Adelmo Biancalani y Kank y Costilla S.A.
La AFIP apeló la decisión, pero la Cámara en lo Penal Económico, en mayo de 2021, la confirmó parcialmente al considerar que los pagos fueron espontáneos y sin intimación previa. Luego, la Cámara de Casación desestimó el recurso del fiscal, y ahora la Corte Suprema cerró definitivamente el caso.
Otras causas que involucran a Báez
En paralelo, Báez ya fue condenado junto a Cristina Fernández de Kirchner por direccionamiento de la obra pública en Santa Cruz. Aún resta el inicio del segundo juicio vinculado con los alquileres de propiedades de la familia Kirchner a empresas relacionadas con su holding.