Una nueva ordenanza establece la prohibición total de la pirotecnia en la ciudad, con el objetivo de proteger la salud de la población, el bienestar animal y reducir los riesgos de accidentes.
La Municipalidad de Reconquista aprobó una modificación integral de la normativa vigente y estableció la prohibición total de la pirotecnia en todo el ejido urbano, a través de la Ordenanza N.º 9235/24, que actualiza y amplía los alcances de la histórica Ordenanza N.º 7709/15.
La medida regirá a partir del año 2025 y alcanza todo tipo de artificios pirotécnicos, sin distinción entre productos sonoros, luminosos, de alto poder o de fabricación casera.
Alcance de la prohibición
La nueva normativa prohíbe expresamente en Reconquista:
- Tenencia, fabricación, manipulación y circulación
- Transporte, comercialización, depósito y expendio
- Uso particular de cualquier elemento de pirotecnia o cohetería
De esta manera, se elimina cualquier excepción existente y se consolida una prohibición integral.
Protección de personas vulnerables
Desde el Municipio fundamentaron la decisión en la necesidad de proteger a sectores especialmente afectados por los estímulos sonoros y luminosos, entre ellos:
- Personas con trastornos del espectro autista u otras hipersensibilidades auditivas
- Adultos mayores
- excombatientes
- Personas con trastornos de ansiedad
Los artificios pirotécnicos pueden provocar crisis emocionales, angustia, descompensaciones y alteraciones severas en estos grupos.
Bienestar animal y ambiente
La ordenanza también pone el foco en el bienestar animal, señalando que los ruidos repentinos generan:
- Pánico y desorientación en animales domésticos
- Fugas y extravíos
- Daños graves a la salud e incluso muertes
- Impacto negativo sobre la fauna silvestre
La normativa se apoya además en la Ley Nacional N.º 14.346 de Protección Animal, que obliga a prevenir el maltrato físico y psicológico.
Prevención de accidentes
Otro de los ejes centrales es la seguridad pública. La pirotecnia, incluso la considerada “luminosa”, puede generar:
- Quemaduras graves por altas temperaturas
- Trayectorias descontroladas con riesgo para personas y bienes
- Explosiones sin elementos de protección eficaces
Régimen de sanciones
El incumplimiento de la ordenanza será sancionado con:
- Multas de 10 a 1.000 Unidades Multa, según gravedad y reincidencia
- Decomiso inmediato de los artículos pirotécnicos
- Clausura temporal del establecimiento, hasta 30 días
Reconquista y un camino pionero
Reconquista fue una de las primeras ciudades de la región en avanzar con restricciones en 2015. Con esta modificación, se suma a otros municipios argentinos que ya adoptaron la prohibición total, entre ellos Rosario, Santa Fe, San José del Rincón, Villa Gobernador Gálvez, San Lorenzo, Armstrong y Rufino.
Concientización y denuncias
La Secretaría de Control Público llevará adelante campañas de información y concientización para acompañar la implementación de la medida.
Además, las denuncias pueden realizarse las 24 horas al WhatsApp o llamadas al 3482-560840, o de manera presencial en el Departamento de Inspección General, de lunes a viernes de 7 a 13.
Desde el área municipal destacaron que la ordenanza “representa una evolución en la cultura ciudadana, basada en la empatía, el respeto y la responsabilidad ambiental”.