La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) automatizó los controles para verificar el cumplimiento de las condiciones sanitarias y escolares y resolvió que el 20% retenido de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y de la Asignación por Embarazo (AUE) pase a liquidarse de manera mensual.
La medida fue establecida mediante la Resolución 1170/2025, publicada este jueves en el Boletín Oficial, y modifica el esquema de supervisión estatal y de pago de ambas prestaciones.
Qué cambia con la nueva modalidad
Con esta actualización, el organismo previsional dejará de retener el 20% del monto total hasta fin de año y abonará las asignaciones de forma completa todos los meses, siempre que se verifique el cumplimiento de los requisitos sanitarios y educativos.
Hasta ahora, los beneficiarios debían presentar la Libreta AUH, que certifica los controles de salud, vacunación y escolaridad de niños y niñas. Una vez validada, se habilitaba el cobro del 20% acumulado a fin de año.
A partir del nuevo esquema, la verificación será realizada automáticamente por el propio Estado, utilizando la información disponible en los sistemas oficiales, lo que permitirá el pago mensual del 100% de la prestación cuando se cumplan las condiciones.
Controles de salud y educación
El texto oficial establece que, “cuando la información remitida mensualmente por el Ministerio de Salud a la ANSES permita tener por acreditados los controles sanitarios y de vacunación de los niños y niñas de hasta 4 años de edad inclusive, el monto reservado se liquidará de forma automática y mensual junto con el 80% de la prestación”.
En caso de no contar con esa información, se prevé que el titular pueda presentar la documentación correspondiente ante la ANSES, y el pago se realizará conforme a los procedimientos que establezca el organismo.
Cambios para la Asignación por Embarazo
En relación con la Asignación por Embarazo, la norma dispone que el 20% acumulado será liquidado una vez acreditada la finalización del embarazo, ya sea mediante partida o certificado de nacimiento, certificado de defunción o constancia médica de interrupción del embarazo, junto con el cumplimiento de los controles médicos de seguimiento.
Dichos controles podrán acreditarse a través de la cartera sanitaria nacional o mediante la presentación de documentación por parte de la persona titular. Además, se establece que el derecho al cobro del 20% caducará automáticamente si no se acredita la situación correspondiente dentro de los 12 meses de producida.
Impacto social
Desde el Gobierno nacional destacaron que la medida “contribuye al fortalecimiento del sistema de protección social”, al reforzar la articulación entre la política sanitaria y la política de ingresos, en línea con los compromisos asumidos por el Estado en materia de primera infancia y reducción de la pobreza infantil.