El máximo tribunal rechazó el recurso presentado por la defensa y confirmó la pena de tres años de prisión condicional e inhabilitación perpetua para ejercer la abogacía.
La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe confirmó por unanimidad la condena contra el abogado Ricardo Ceferino Degoumois por hechos de abuso sexual contra una menor de edad ocurridos en su estudio jurídico de calle Belgrano al 1561 de Reconquista.
El máximo tribunal rechazó el recurso de queja e inconstitucionalidad presentado por la defensa y dejó firme la pena de tres años de prisión de ejecución condicional, además de la inhabilitación perpetua para ejercer la abogacía.
La resolución fue firmada el 12 de mayo de 2026 por los ministros Eduardo Spuler, Nicolás Baclini, Daniel Erbetta, Roberto Falistocco, Rubén Weder y Margarita Zabalza.
Los hechos por los que fue condenado
Según quedó acreditado durante el juicio oral realizado en Reconquista, los abusos ocurrieron entre octubre y noviembre de 2022 dentro del estudio jurídico del profesional.
La víctima tenía 14 años y concurría junto a su madre para ser preparada por el abogado antes de declarar en otra causa judicial donde Degoumois defendía a un familiar cercano de la menor.
Durante el proceso judicial se comprobó que el abogado aprovechó esa situación de confianza y vulnerabilidad para cometer los abusos cuando quedaba a solas con la adolescente.
El tribunal consideró determinante el relato de la víctima en Cámara Gesell, al que calificó como “coherente, firme y sostenido en el tiempo”, además de estar respaldado por testimonios de docentes, profesionales y familiares.
La Corte rechazó los planteos de la defensa
En su resolución, la Corte entendió que no existieron violaciones al derecho de defensa ni irregularidades procesales, y sostuvo que la sentencia de Cámara estuvo debidamente fundada.
Además, el tribunal destacó:
- La solidez del testimonio de la víctima.
- La ausencia de motivos para una denuncia falsa.
- La corroboración de los hechos por parte de docentes y profesionales.
- La acreditación de las visitas de la menor al estudio jurídico.
De esta manera, quedó firme la condena que ya había sido ratificada previamente por la Cámara de Apelaciones.
Las reglas de conducta para evitar la cárcel
La condena impuesta a Degoumois es de cumplimiento condicional, por lo que deberá respetar estrictas reglas de conducta durante tres años para evitar la prisión efectiva.
Entre ellas figuran:
- Fijar residencia y comunicar cualquier cambio de domicilio.
- Prohibición absoluta de acercamiento a la víctima y su entorno.
- Realizar tratamiento psicológico especializado en agresores sexuales.
- Participar en programas de educación sobre violencia de género y abuso sexual infantil.
- No consumir sustancias psicoactivas.
- No cometer nuevos delitos.
El incumplimiento de cualquiera de estas medidas podría derivar en la revocación de la condicionalidad y el cumplimiento efectivo de la pena.
La inhabilitación perpetua para ejercer la abogacía
Uno de los puntos centrales del fallo fue la confirmación de la inhabilitación perpetua para ejercer la profesión de abogado.
Los jueces consideraron probado que Degoumois utilizó su rol profesional y la confianza depositada por la familia de la víctima para cometer los abusos.
El tribunal entendió que existió un claro abuso de poder y de confianza, agravado por el contexto en el que ocurrieron los hechos y por la utilización de su posición profesional.
El juicio y las pruebas valoradas
Durante el juicio oral, también fueron valorados como elementos fundamentales:
- Los cambios de conducta observados por docentes y directivos escolares.
- El pedido de ayuda realizado por la menor en la escuela.
- El impacto emocional reflejado en sus declaraciones.
- Los testimonios de la madre, la abuela y profesionales que intervinieron.
El tribunal destacó además el rol del personal educativo, que actuó rápidamente tras el develamiento realizado por la adolescente.
La Fiscalía había pedido prisión efectiva
El Ministerio Público de la Acusación, representado por las fiscales Georgina Díaz y Alejandra Del Río Ayala, había solicitado una pena más severa: cuatro años y tres meses de prisión efectiva.
Sin embargo, tanto el tribunal de juicio como la Cámara y ahora la Corte provincial mantuvieron el criterio de una condena condicional, teniendo en cuenta que el imputado no tenía antecedentes penales.
Todavía quedan instancias nacionales
Con esta resolución quedó agotada la instancia provincial y firme la condena en Santa Fe.
No obstante, la defensa todavía podría intentar recurrir ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación e incluso acudir a organismos internacionales.