El máximo tribunal desestimó el planteo por extemporáneo y carente de fundamentos jurídicos. La defensa había cuestionado la imparcialidad del juez basándose en notas periodísticas y declaraciones públicas.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó in limine la recusación promovida por la defensa de la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner contra el juez Ricardo Lorenzetti, en el marco de la causa CFP 5048/2016, vinculada a un incidente de recurso extraordinario.
El máximo tribunal consideró que el planteo fue presentado fuera de los plazos procesales y que carece de fundamentos jurídicos suficientes para avanzar en su tratamiento.
Los argumentos de la recusación
La defensa de la exmandataria había solicitado apartar a Lorenzetti el pasado 5 de mayo, alegando una presunta falta de imparcialidad. Como sustento, invocó:
- Notas periodísticas que cuestionaban la actuación del magistrado.
- Disidencias en fallos del tribunal.
- Declaraciones televisivas del propio Lorenzetti.
- Una denuncia de la senadora Anabel Fernández Sagasti presentada en el Senado.
Según los abogados defensores, tales elementos vulneraban los estándares de imparcialidad establecidos en los Principios de Bangalore sobre conducta judicial y precedentes como el caso “Llerena”.
Falta de oportunidad y sustento
Sin embargo, la Corte evaluó que la mayoría de los hechos señalados ya eran conocidos antes de la presentación del recurso extraordinario (13 de febrero), por lo cual debieron haberse planteado en ese momento.
Respecto a declaraciones recientes del juez —como una entrevista dada el 1° de mayo, donde instó a una pronta resolución de causas antes de las elecciones—, el tribunal concluyó que no constituyen una causal objetiva ni comprobable de recusación.
“El planteo no fue realizado en tiempo oportuno y no cumple con la fundamentación exigida por la ley”, remarcó la Corte.
Además, el fallo señala que la defensa no ofreció pruebas ni invocó una causal específica prevista por el Código Procesal Penal.
Recusaciones contra miembros del alto tribunal, con criterio restrictivo
En su resolución, el máximo tribunal enfatizó que los pedidos de recusación contra jueces de la Corte deben interpretarse de forma restrictiva, ya que su aceptación podría afectar la garantía del juez natural y alterar el normal funcionamiento institucional del cuerpo.