La jueza Moira Fullana hizo lugar a una medida cautelar presentada por la CGT y frenó de forma provisoria los artículos más polémicos del DNU 340/2025. La central sindical celebró el fallo como “un triunfo de la democracia”.
Un fallo judicial acaba de frenar uno de los decretos más controvertidos del gobierno de Javier Milei: la jueza federal Moira Fullana suspendió de forma provisoria los artículos 2 y 3 del DNU 340/2025, que limitaban el derecho a huelga y habían desatado un fuerte rechazo de organizaciones sindicales y sectores opositores.
La medida responde a un reclamo presentado por la CGT, que cuestionó la constitucionalidad del decreto. Según la resolución judicial, la regulación del derecho a huelga no puede modificarse por decreto, ya que se trata de una garantía consagrada en la Constitución Nacional y protegida por tratados internacionales.
Un revés político y jurídico para el Gobierno
El fallo constituye un golpe a la estrategia legislativa de la Casa Rosada, que desde el inicio de la gestión de Milei ha impulsado reformas estructurales a través de Decretos de Necesidad y Urgencia, esquivando el Congreso.
En este caso, el DNU buscaba restringir el alcance de las huelgas, especialmente en sectores considerados “esenciales” o de “interés estratégico”, redefiniendo esas categorías para incluir áreas como el transporte y la educación.
La resolución judicial sostiene que cualquier intento de modificar el régimen legal de huelga debe pasar por el Congreso, ya que el artículo 14 bis de la Constitución Nacional garantiza este derecho y lo convierte en materia legislativa.
La CGT festeja y redobla la presión
Tras conocerse la medida, la Confederación General del Trabajo (CGT) celebró el fallo como
“un triunfo de la democracia y de los derechos laborales”.
En un comunicado, la central sindical advirtió que continuará con su lucha “en la calle y en la Justicia” para frenar cualquier intento de avasallamiento contra los derechos de los trabajadores.
Además, la CGT había advertido en su presentación que el DNU afectaba la libertad sindical y ponía en riesgo la negociación colectiva, lo que también fue valorado por la jueza en su argumentación.
Suspensión provisional: el Congreso y la Justicia, claves
La jueza Fullana aclaró que la suspensión de los artículos es provisoria, hasta tanto se dicte una sentencia definitiva sobre la cuestión de fondo. Mientras tanto, continúa vigente la legislación actual en materia de huelga.
El fallo representa una advertencia institucional al Ejecutivo: no se puede reformar la arquitectura de derechos sociales sin un debate parlamentario y sin respetar los mecanismos democráticos.