La justicia federal hizo lugar a una cautelar solicitada por la provincia de Santa Fe para frenar el uso ilegal de la marca en anuncios de juego clandestino.
En una decisión inédita, el Juzgado Federal Nº 2 de Santa Fe resolvió hacer lugar a la medida cautelar solicitada por la Caja de Asistencia Social – Lotería de Santa Fe, en el marco de la acción judicial iniciada por la Provincia de Santa Fe contra Meta Platforms Inc. (empresa matriz de Facebook e Instagram). La medida ordena la eliminación inmediata de todas las publicaciones que utilicen de forma indebida la marca “Quini 6” para redirigir a sitios de juego clandestino o no autorizados.
Avance contra el juego ilegal
La resolución judicial fue firmada por el juez Aldo Alurralde, quien también ordenó que la empresa implemente un sistema de monitoreo permanente para evitar nuevas publicaciones similares. Asimismo, Meta deberá bloquear los medios de pago utilizados por los anunciantes que incurrieron en esta conducta.
Desde Lotería de Santa Fe indicaron que la medida se tomó tras recibir reiteradas denuncias de usuarios, quienes reportaron en redes sociales la utilización del nombre “Quini 6” en anuncios que conducían a plataformas ilegales de apuestas, afectando la identidad de la marca y la confianza del público.
Acción preventiva de daños
La cautelar fue concedida en el marco de una acción preventiva de daños, al demostrarse el peligro en la demora y la verosimilitud del derecho por parte de la provincia, que acreditó la titularidad de la marca “Quini 6” ante el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI).
En sus fundamentos, el fallo hace hincapié en el riesgo reputacional que implica asociar una marca registrada con actividades ilícitas, y respalda la intervención estatal como mecanismo de protección del juego oficial y sus usuarios.
Denuncia penal en curso
La medida cautelar se dictó en el marco del expediente “Provincia de Santa Fe c/ Facebook Inc. y otros s/ Marcas – Varios”, y se suma a la denuncia penal presentada ante el Ministerio Público de la Acusación (MPA) por parte de Lotería de Santa Fe contra las páginas que promocionan estas apuestas ilegales, por posible violación del artículo 301 bis del Código Penal, que sanciona la promoción del juego clandestino.