Una cuestión que ha producido un amplio debate en las ciudades vecinas. En todo momento están quienes critican dicho accionar, adjudicando adjetivos de todo tipo, como así también está la voz de quienes realizan dicha acción, y exponen diversas excusas para justificar la usurpación.
La Fiscalía trabaja en las usurpaciones tanto en Reconquista como en Avellaneda. Se viene siguiendo todos los movimientos que terminaron en usurpaciones. Es un delito, y está la orden de que se proceda conforme al protocolo que rige actualmente para usurpaciones.
Que va pasar. A realizarse un pedido de audiencia donde solicita desalojo, identificación de cada una de las personas que se encuentran en el lugar, quienes van a estar imputadas en este delito y después se seguirá el tema penal conforme al desarrollo del proceso.
La policía en el día de hoy identificó a las personas las cuales van a ser desalojadas. Y también en el algunas ocupaciones se cometieron otros delitos y van a ser investigados. Explicaba el Fiscal Martinez.
Hoy ingresa el pedido de la audiencia de desalojo correspondiente a la ciudad de Avellaneda intentando actuar lo mas rápido posible pidiéndole al juez que ordene el desalojo.
En el transcurso de la tarde van a surgir novedades con respecto a las audiencias.
Foto: Usurpación Barrio la Roseta Avellaneda
Para brindar claridad al tema en cuestión, se han producido diversas usurpaciones y vale la pena explicar el marco legal que compete a dicha situación.
En relación a las causas que determinan la usurpación, según el Código Penal Argentino, en el Capítulo VI, en su articulo 181. expresa que será reprimido con prisión de seis meses a tres años: “Quien por violencia, amenazas, engaños, abusos de confianza o clandestinidad despojare a otro, total o parcialmente, de la posesión o tenencia de un inmueble o del ejercicio de un derecho real constituido sobre él”. De igual manera, destaca que el concepto de “despojo” comprende la invasión del inmueble, manteniéndose en el mismo o expulsando a los ocupantes.
Dicho artículo expresa que la prisión le corresponde también a quien para apoderarse de todo o parte de un inmueble, destruyere o alterare los términos o límites del mismo.
Y por último, incluye a la persona que con violencias o amenazas, turbare la posesión o tenencia de un inmueble.
Con respecto a las recientes usurpaciones
Cual es el tiempo que lleva desde que se inicia el protocolo a partir de una usurpación hasta que se ordena el desalojo. No es posible determinar el tiempo, eso depende de los problema procesales que se encuentran a medida que se avanza en la causa. El pedido de audiencia es inmediata, si el juez lo determina el desalojo podría darse antes del fin de semana.
Comunicación con el Fiscal Martinez de Vivos y Sueltos y Avellaneda24