La Agencia de Recaudación y Central Aduanero (ARCA) anunció una actualización en su sistema de gestión tributaria, la cual impactará diversos trámites impositivos. Entre las principales novedades se encuentra una nueva versión del programa de “Devoluciones y Transferencias”, diseñado para facilitar la devolución de pagos en exceso y la transferencia de créditos fiscales.
La medida fue oficializada mediante la Resolución General 5634/2025, publicada en el Boletín Oficial, con el objetivo de mejorar la eficiencia administrativa y optimizar los controles del organismo recaudador.
Programa de Devoluciones y Transferencias
Este programa permite a los contribuyentes gestionar la devolución de pagos realizados en exceso y transferir saldos a favor del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a terceros. La normativa detalla los requisitos, plazos y formalidades necesarias para acceder a estos beneficios.
Nuevas regulaciones
La resolución establece lineamientos específicos para la transferencia a terceros de saldos a favor de libre disponibilidad del IVA. Asimismo, se crea el “Registro de Beneficios Fiscales en el Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y otras Operatorias”. Esta herramienta permitirá a los contribuyentes reincorporarse al registro y solicitar la devolución de montos percibidos durante un período de exclusión.
Esquema de financiación
El programa contempla tasas preferenciales según el perfil del contribuyente:
- Pequeños contribuyentes, micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y sector salud: tasa del 25% sobre el interés resarcitorio vigente.
- Medianas empresas (Tramos 1 y 2): tasa del 40% sobre el interés resarcitorio vigente.
Plazos y requisitos de adhesión
La adhesión al programa estará habilitada desde el 3 de febrero hasta el 30 de abril de 2025. Los interesados deberán acceder al sistema informático «Mis Facilidades» con su Clave Fiscal.
Requisitos obligatorios para la adhesión:
- Contar con Domicilio Fiscal Electrónico constituido.
- Presentar declaraciones juradas.
- Tener la CUIT activa.
- Informar una CBU bancaria.
Obligaciones incluidas en el régimen
El programa abarcará obligaciones vencidas hasta el 31 de diciembre de 2024, incluyendo:
- Obligaciones impositivas y de recursos de la seguridad social, con sus intereses y multas.
- Retenciones y percepciones impositivas.
- Multas, cargos suplementarios por tributos a la importación o exportación, liquidaciones por infracciones y sus intereses.