
Con la publicación de la Resolución 1780/2025 en el Boletín Oficial, el Ministerio de Salud habilitó una nueva etapa para el Registro del Programa de Cannabis (REPROCANN), ampliando el acceso a pacientes, cultivadores y proyectos de investigación.
La nueva disposición deroga la resolución anterior que limitaba el acceso al programa, y busca corregir distorsiones en el sistema de inscripción, permitiendo así retomar el registro de personas físicas y jurídicas para el cultivo y uso de cannabis con fines medicinales, terapéuticos o paliativos.
Desde la cartera sanitaria señalaron que la reforma responde a la necesidad de reordenar el marco normativo vigente y a limitar el uso abusivo que se venía dando dentro del sistema.
Cambios clave en la regulación
La norma establece dos grupos principales para categorizar a quienes podrán inscribirse:
1. Permisos para cultivo con fines terapéuticos
Incluye a:
- Pacientes con indicación médica para uso medicinal o paliativo
- Familiares del paciente
- Terceros cultivadores autorizados
- Organizaciones civiles con permiso oficial
2. Proyectos de investigación
- Personas físicas y jurídicas que presenten proyectos científicos o de desarrollo bajo la Ley 27.350
Además, se permitirá la inscripción de asociaciones civiles, fundaciones y otras personas jurídicas vinculadas a iniciativas de investigación autorizadas.
Objetivo de la resolución
Según el texto oficial, la medida busca “corregir los efectos adversos del sistema tal como actualmente se encuentra regulado” y, a su vez, contemplar figuras especiales, como los proyectos de investigación, que han cobrado relevancia en la práctica.